El pasado 22 diciembre se publicó la Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como la ley de Startups.
Esta ley nace como respuesta a la necesidad de mejora del clima empresarial emergente e innovador del país, fomentando la inversión y la creación de sinergias entre grandes empresas, pymes y empresas emergentes.
Algunos de los objetivos de la ley de Startups son:
- Fomentar la creación y crecimiento de empresas emergentes en España, así como su futura capacidad de internacionalización.
- Atraer talento, capital y estimular la inversión pública y privada en las mismas.
- Acercar estas empresas a la formación profesional y universidades.
- Garantizar la coherencia y eficacia del sistema de ayudas al emprendimiento basado en la innovación.
Además, se pretende reducir la brecha de género que existe en el ecosistema español de empresas emergentes, así como fomentar especialmente la atracción de empresas hacia entornos rurales que están perdiendo población.La ley de Startups es aplicable a empresas emergentes, entendiendo como tales aquellas que reúnan de forma simultánea los siguientes requisitos:
- Ser una empresa de nueva creación o no haber transcurrido más de cinco años desde su inscripción de constitución en el Registro Mercantil (siete años para las empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España).
- No distribuir ni haber distribuido dividendos.
- No cotizar en un mercado regulado.
- Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
- Que el 60 % de la plantilla tenga un contrato laboral en España.
- En caso de que la empresa perteneciera a un grupo de empresas, el grupo o cada una de las que lo componen deben cumplir con los requisitos anteriores.
- Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.
En relación con este último punto y, para medir si el emprendimiento es verdaderamente innovador, señala el artículo 4, se llevará a cabo un análisis que tendrá en cuenta, al menos, criterios como el grado de innovación, grado de atractivo del mercado, fase de vida de la empresa, modelo de negocio, grado de competencia existente, equipo que la forma y volumen de clientes o usuarios de la empresa, todos ellos a valorar por la Empresa Nacional de Innovación (ENISA).
En definitiva, se apuesta y se fomenta el impulso del tejido emergente empresarial en España, incluyendo, además, medidas fiscales beneficiosas para estas, entre las que destacan:
- Reducción del tipo impositivo en el impuesto de sociedades (del 25% actual a un 15% durante un plazo máximo de cuatro años) así como un aplazamiento en el pago de deudas tributarias en sus dos primeros años de actividad. Todo ello, siempre que la empresa mantenga su condición de empresa emergente.
- Subida del importe de exención (de 12.000 a 50.000 euros anuales) para la entrega de acciones o participaciones a los empleados de este tipo de empresas.
- Incremento de la deducción por inversión en nuevas empresas o de reciente creación. En este caso, se eleva el tipo de deducción pasando de un 30% al 50% y se amplía a 100.000 euros anuales el límite de la base máxima de deducción (anteriormente fijado en 60.000 euros)
- Mejora del acceso al régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados al territorio español, medida que pretende atraer el talento extranjero al país.
Sin embargo, los inversores o las empresas emergentes dejarán de poder acogerse a los beneficios que se prevén en esta ley cuando incurran en uno de los supuestos que señala el art. 6:
- Dejar de cumplir algún requisito de los necesarios para obtener la condición de empresa emergente.
- Extinción de la empresa.
- Adquisición de la empresa por otra empresa no emergente.
- Superar el valor de 10.000.000 de euros anuales en el volumen de negocio.
- Llevar a cabo una actividad que genere un daño al medio ambiente conforme al reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo.
- Cuando los socios que sean titulares de una participación mínima del 5% del capital social o sean administradores de la empresa emergente hayan sido condenados por los delitos que se señalan en el artículo 3.3
Si tienes dudas sobre cómo puedes llevar a cabo un proyecto de emprendimiento innovador que encaje en los requisitos que establece la nueva ley de Startups, ¡en Inforges te ayudamos!
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