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Verifactu y modalidad NO Verifactu ¿Que modalidad es mejor para emitir las facturas en tu empresa?

Verifactu y modalidad NO Verifactu ¿Que modalidad es mejor para emitir las facturas en tu empresa?

La implantación del sistema Verifactu, regulado por el Real Decreto 1007/2023, marca un antes y un después en la gestión de la facturación electrónica en España. Sin embargo, la normativa permite que los fabricantes de software y las empresas elijan entre dos modalidades de funcionamiento: Verifactu y NO Verifactu.

Aunque ambas cumplen los requisitos técnicos y legales exigidos, sus implicaciones prácticas, fiscales y operativas son muy distintas.

En este artículo analizamos las diferencias entre ambas modalidades, sus ventajas e inconvenientes, y por qué la modalidad Verifactu se perfila como la opción más segura y alineada con la estrategia de digitalización fiscal impulsada por la Agencia Tributaria (AEAT).

Índice

¿Qué es la modalidad Verifactu?

La modalidad Verifactu se caracteriza por la remisión automática de los registros de facturación a la Agencia Tributaria (AEAT) en el momento de su generación.

Cada factura emitida genera un registro firmado y sellado que se envía al sistema de la AEAT, garantizando así su integridad, trazabilidad e inalterabilidad desde el primer momento.

Principales características de Verifactu:

  • Envío automático de los registros de facturación a la AEAT.
  • Cumplimiento “por diseño” de los principios de seguridad e inalterabilidad.
  • Integración directa con los sistemas de control tributario.
  • Simplificación del mantenimiento y menor carga técnica para el desarrollador.
  • Reducción del riesgo de sanciones o errores de cumplimiento.

Ventajas de la modalidad Verifactu

  • Seguridad jurídica y transparencia total ante la Administración.
  • Menos costes de adaptación para fabricantes y desarrolladores de software
  • Automatización del cumplimiento normativo, sin necesidad de registros adicionales.
  • Mayor confianza para el usuario final
  • No necesaria la conservación de las facturas al haber sido ya enviadas.
  • Fiabilidad ante inspecciones fiscales o peritajes informáticos.

Qué es la modalidad NO Verifactu

La modalidad NO Verifactu permite operar sin enviar los registros de facturación a la AEAT en tiempo real. En este caso, el sistema informático de facturación debe garantizar por sí mismo todos los requisitos de conservación, integridad y trazabilidad exigidos por el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024.

Requisitos técnicos y fiscales de la modalidad NO Verifactu

  • Registro y custodia de todos los eventos asociados a cada factura.
  • Mecanismos de firma electrónica, sellado y almacenamiento inmutable.
  • Conservación de los registros durante el plazo legal (mínimo cuatro años).
  • Capacidad para demostrar la inalterabilidad y trazabilidad completa en caso de inspección.
  • Capacidad para realizar auditar el sistema y transacciones.

Desventajas de la modalidad NO Verifactu

  • Mayor complejidad técnica y costes de desarrollo.
  • Responsabilidad compartida entre fabricante y usuario por el cumplimiento.
  • Riesgo elevado de sanción si se pierde trazabilidad o se detectan inconsistencias.
  • Mayor vigilancia por parte de la AEAT, al no disponer de los datos en tiempo real.
  • Sin ventajas funcionales fiscales frente a la modalidad Verifactu.

En la práctica, la modalidad NO Verifactu se considera una solución para situaciones excepcionales.

Comparativa: Verifactu vs NO Verifactu

Aspecto
Modalidad Verifactu
Modalidad NO Verifactu
Envío de datos a la AEAT
Automático e inmediato
No se envían
Costes técnicos
Menores
Elevados
Responsabilidad legal
Principalmente del fabricante del software Verifactu
Compartida entre fabricante y empresa
Riesgo de sanciones
Bajo
Alto
Mantenimiento
Simplificado
Complejo
Transparencia ante AEAT
Total
Limitada
Seguridad jurídica
Alta
Media
Inspecciones y control
Menor frecuencia
Mayor vigilancia
Ventajas prácticas
Fiabilidad, automatización y tranquilidad
Sin beneficios claros

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Qué empresas pueden optar por cada modalidad

La elección entre la modalidad Verifactu y la modalidad NO Verifactu no depende solo del tipo de software utilizado, sino también de la capacidad técnica, los recursos de cumplimiento y el perfil del negocio. Aunque ambas modalidades son válidas según el Real Decreto 1007/2023, su conveniencia varía según el tamaño y nivel de digitalización de cada empresa.

Tipo de empresa o usuario
Modalidad recomendada
Motivo principal
Autónomos y microempresas
Verifactu
Sencillez, menor carga técnica y cumplimiento automático
Pymes
Verifactu
Menor riesgo y ahorro de costes de mantenimiento
Grandes empresas con ERP avanzado
Verifactu (preferente) / NO Verifactu (temporal)
Solo viable si se dispone de infraestructura de trazabilidad
Desarrolladores de software
Verifactu
Alineación con la AEAT y garantía de seguridad y fiabilidad

Cuál conviene elegir: Verifactu o NO Verifactu

Aunque la normativa permite ambas modalidades, la opción Verifactu es la única que aporta seguridad, confianza y alineación con la estrategia antifraude de la AEAT.

El sistema NO Verifactu puede parecer viable a corto plazo, pero en la práctica implica una carga técnica y administrativa mucho mayor, con riesgos que superan ampliamente sus posibles beneficios.

En resumen:

  • Si buscas simplicidad, cumplimiento y estabilidad, elige Verifactu.
  • Si optas por NO Verifactu, prepárate para una mayor complejidad técnica, auditorías y controles más exigentes.

¿Cómo elegir o migrar a la modalidad Verifactu?

Adoptar la modalidad Verifactu es un paso clave para garantizar la adaptación a la nueva era de la facturación digital. Si actualmente trabajas con un sistema NO Verifactu, la migración puede realizarse de forma planificada y segura, siempre que se sigan las fases adecuadas.

Verifica la compatibilidad del software actual

El primer paso consiste en comprobar si tu programa de facturación, ERP o sistema contable permite operar bajo la modalidad Verifactu.

Los fabricantes deberán ofrecer una versión actualizada y certificada que cumpla con los requisitos del Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, incluyendo el envío automático de registros a la AEAT.

Planifica la transición

Antes de realizar la migración, es recomendable definir una estrategia de implantación gradual:

  • Evalúa el volumen y tipo de facturación de la empresa.
  • Identifica los procesos afectados (facturación, contabilidad, informes, etc.).
  • Diseña un plan de formación interna para el personal que gestione facturas.
  • Define una fecha de transición y realiza pruebas previas con facturas de ejemplo.

Implementa el sistema Verifactu

La instalación puede hacerse mediante:

  • Una actualización del software verifactu actual si el proveedor la ofrece.
  • La incorporación de un módulo Verifactu certificado.
  • La integración de una solución externa, como las herramientas Verifactu adaptadas por Inforges para SAP Business One o Cegid XRP Enterprise.

Una vez operativo, el sistema enviará automáticamente cada registro de facturación a la AEAT, eliminando la necesidad de mantener registros paralelos.


Prueba y valida la configuración

Antes de activar la modalidad en producción, es fundamental realizar pruebas de envío y verificación.

El sistema debe garantizar la firma electrónica de los registros, su sello de tiempo y la confirmación de recepción por parte de la AEAT.

Con ello se asegura la trazabilidad completa de cada factura desde el momento de su emisión.


Forma al equipo y comunica el cambio

Finalmente, forma al personal responsable de facturación para que comprenda el funcionamiento del sistema Verifactu, sus ventajas y sus implicaciones legales.

Una correcta gestión interna reduce incidencias y mejora la eficiencia operativa.

Preguntas frecuentes sobre Verifactu y NO Verifactu

Sí, la normativa lo permite, pero el software deberá cumplir estrictamente con todos los requisitos técnicos y de trazabilidad establecidos.

Podrías enfrentarte a sanciones por incumplimiento de las obligaciones de registro y conservación, tanto como usuario como fabricante.

No, pero la Agencia Tributaria recomienda su adopción por ser la más segura y alineada con la digitalización fiscal.

 

Sí, siempre que el software esté certificado y actualizado conforme a los requisitos técnicos vigentes.

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